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Economía > Modificación

ARCA fija nuevos criterios para la emisión de certificados de crédito fiscal en el RIGI

El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) busca promover el desarrollo económico y la competitividad internacional de Argentina.

POR REDACCIÓN

29 de noviembre de 2024
El régimen establece un umbral mínimo de inversión de 200 millones de dólares. Foto: Gentileza.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) clarificó y modificó ciertas disposiciones relacionadas con el servicio CERTIVA y, en particular, con la emisión de Certificados de Crédito Fiscal (CCF) en el marco del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

CERTIVA es un servicio web desarrollado por la exAFIP para gestionar los CCF, una herramienta que permite a los contribuyentes acreditar ciertos impuestos pagados y utilizarlos para compensar otras obligaciones tributarias.

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En ese contexto, la resolución detalla cómo se calcula el límite máximo para la emisión de CCF por parte de los VPU, especificando que se utilizará el tipo de cambio vendedor divisa del Banco Nación al cierre del día hábil anterior a la emisión del comprobante.

También permite a la Autoridad de Aplicación ingresar información anticipada sobre la programación de inversiones mensuales, así como realizar modificaciones y ampliaciones y actualiza la resolución para reflejar la nueva denominación de la entidad emisora, ahora denominada ARCA.

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Modificaciones al Anexo I

Se reemplaza el punto 4 del Capítulo E, estableciendo: que el monto consolidado en la moneda del plan de inversión será el límite de los certificados. Se prevé la posibilidad de cargar, modificar o ampliar los datos de inversiones mensuales a través del servicio CERTIVA.

Así ARCA definió el tipo de cambio a utilizar para calcular el valor en pesos de los proyectos de inversión y las sumas comprometidas, con el objetivo de establecer el límite máximo para la emisión de Certificados de Crédito Fiscal por parte de los Vehículos de Proyecto Único (VPU).

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En respuesta a consultas recibidas, la Directora Ejecutiva de ARCA emitió la Resolución General N° 5606, especificando que, exclusivamente para este propósito, se aplicará el tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina correspondiente al cierre del día hábil anterior a la emisión del comprobante emitido por el proveedor o prestador de servicios, o a la fecha de oficialización del despacho de importación.

 

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