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Economía > Nueva medida

Billeteras virtuales: AFIP actualizó los montos y controlará las transferencias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) controlará los montos de las transferencias de los usuarios de billeteras virtuales. En el caso de superar los nuevos límites serán informados a las autoridades.

POR REDACCIÓN

27 de mayo de 2024

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha implementado recientemente una actualización en los montos que los bancos y las billeteras virtuales deben reportar en relación con las operaciones de sus clientes. Esta medida implica que los usuarios deberán prestar atención a los valores establecidos por el fisco, ya que superar ciertos límites en transacciones, saldos y consumos implicará ser informados a las autoridades pertinentes.

Según las nuevas disposiciones, todos los ingresos o egresos que superen los $400.000 (anteriormente $120.000) en billeteras virtuales serán notificados a la AFIP. Además, los saldos mensuales registrados no podrán ser mayores a $700.000 (anteriormente $200.000).

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El propósito principal de esta modificación es facilitar los procesos para los contribuyentes, a través de la implementación de mecanismos que mejoren los regímenes de información existentes. Para ello, se ha modificado la Resolución General N.º 4298, la cual anteriormente obligaba a las entidades financieras a informar sobre los movimientos de las cuentas.

Nuevos límites establecidos por la AFIP para las billeteras virtuales

En caso de que se superen estos límites, la AFIP evaluará la situación fiscal del contribuyente y podrá solicitar que este demuestre el origen de los fondos utilizados en las respectivas operaciones. A partir de la información proporcionada, se determinará si el dinero es lícito o no.

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Procedimientos ante irregularidades detectadas por la AFIP

En caso de que la AFIP detecte irregularidades en las operaciones financieras de un usuario, emitirá una intimación. En respuesta, el usuario deberá presentar una serie de documentos, que pueden incluir recibos de sueldo, facturas, entre otros, con el fin de aclarar posibles errores o inconsistencias.

La comunicación de la AFIP se realizará por correo electrónico, utilizando el domicilio fiscal declarado, o a través de la misma aplicación utilizada para las operaciones financieras. En casos más graves, la AFIP podría proceder al cierre de la cuenta del contribuyente y realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).

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