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El Tribunal Superior de Justicia habilita el funcionamiento de Uber en Córdoba bajo nuevos requisitos
El TSJ de Córdoba rechazó las apelaciones del municipio y estableció condiciones provisorias para que Uber opere legalmente. Hasta cumplirlas, el servicio seguirá siendo considerado irregular.
POR REDACCIÓN
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba resolvió que la aplicación de transporte Uber podrá operar en la ciudad, siempre que cumpla con una serie de requisitos establecidos de forma excepcional y provisoria. La medida se da en el marco de una prolongada disputa legal entre la Municipalidad de Córdoba y la plataforma digital, y busca sentar las bases para una regulación definitiva.
En su fallo, el TSJ rechazó tanto la apelación del municipio —que considera a Uber un servicio público no autorizado— como la presentada por la propia empresa, que defiende su derecho a operar libremente. Ante la falta de una normativa local específica, el tribunal dispuso una serie de condiciones para habilitar el servicio, mientras se resuelve el conflicto de fondo.
Sin embargo, el fallo aclara que los efectos no serán inmediatos. Hasta tanto Uber no complete todos los trámites exigidos, sus operaciones seguirán siendo consideradas irregulares por el municipio, que mantendrá las medidas de control y el secuestro de vehículos que trabajen fuera del marco legal.
Entre las condiciones impuestas por el TSJ, se exige que Uber cumpla con:
- Inscripción vigente en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), en la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia y en el registro municipal de Comercio e Industria.
- Constitución de domicilio legal en Córdoba, presentación del contrato social y acta de autoridades.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil y un medio electrónico de pago.
- Certificado de habilitación comercial.
Además, se creará un registro específico para este tipo de plataformas. Los propietarios de vehículos deberán:
- Acreditar inscripción ante ARCA.
- Presentar certificados de antecedentes penales y de delitos contra la integridad sexual.
- Tener el título del automotor radicado en Córdoba, con una antigüedad máxima de 10 años.
- Contar con seguro para pasajeros, vehículo y equipaje.
Los vehículos, por su parte, deberán cumplir exigencias técnicas como:
- Inspección Técnica Vehicular (ITV) cada cuatro meses.
- Aire acondicionado frío/calor.
- Baúl con capacidad mínima para dos valijas medianas.
- Capacidad máxima para siete pasajeros.
- Plot con nombre del servicio y logo de la aplicación.
En cuanto a los choferes, deberán presentar:
- DNI y licencia profesional (según ordenanza 12.859).
- Alta temprana en ARCA.
- Cobertura de una ART.
- Certificados de antecedentes penales, deudores alimentarios y delitos sexuales.
El TSJ también autorizó a la Dirección de Transporte y Servicios Públicos a establecer requisitos adicionales y dispuso que se apliquen, de forma supletoria, las disposiciones de la ordenanza 12.859, que regula el servicio de transporte en Córdoba.
La resolución marca un punto de inflexión en la relación entre la Municipalidad y las plataformas digitales de movilidad, y abre el camino a una eventual legalización definitiva del servicio en la capital provincial.
Fuente: La Voz del Interior