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País > Disposición federal

Un fallo judicial en Córdoba obligará a PAMI e Incluir Salud a pagar prestaciones

Un juez federal de Córdoba dispuso que el Estado nacional regularice de manera urgente los pagos adeudados a prestadores. Señaló que el cumplimiento parcial no resuelve el incumplimiento generalizado.

POR REDACCIÓN

Hace 5 horas
Nación pagó a una persona y desconoció al resto del colectivo; “Hay incumplimiento generalizado”, dice el juez. (Archivo)
 

El juez federal de Córdoba Hugo Vaca Narvaja ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud de la Nación, a través del programa Incluir Salud, que regularicen en un plazo de 72 horas los pagos adeudados por prestaciones a personas con discapacidad. La decisión amplía el alcance de una medida cautelar previa y exige que el cumplimiento sea para todo el colectivo afectado y no solo para casos individuales.

El fallo surge a partir de una acción de amparo colectivo presentada por una mujer en representación de su hijo con diagnóstico de retraso mental grave, beneficiario del sistema de salud por discapacidad. La demanda incluyó a un universo más amplio de personas con Certificado Único de Discapacidad que reciben cobertura a través de PAMI o Incluir Salud, junto a sus familias, tutores y cuidadores.

Durante el proceso, el Estado acreditó pagos puntuales al caso individual que originó la demanda, correspondientes a fines de 2025 y comienzos de 2026. Sin embargo, el magistrado consideró que ese cumplimiento parcial evidenció la capacidad de pago y, al mismo tiempo, dejó en evidencia el incumplimiento generalizado hacia el resto de los beneficiarios.

En su resolución, Vaca Narvaja remarcó que la cancelación individual no desvirtúa la existencia de una deuda estructural y advirtió sobre la “desatención” del colectivo. Informes de distintas instituciones que brindan servicios a personas con discapacidad señalaron atrasos superiores a cinco meses en los pagos.

El fallo también expone contradicciones en la postura oficial, ya que mientras Incluir Salud sostenía que la responsabilidad recaía en la provincia, posteriormente efectuó pagos por las mismas prestaciones, lo que para el juez refuerza la obligación del Estado nacional.

En ese marco, el magistrado determinó que la resolución debe tener un efecto expansivo y ordenó la cancelación de todas las facturas correspondientes a beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos, y no únicamente al caso testigo.

Además, concedió la apelación presentada por el Estado, pero sin efecto suspensivo, por lo que la medida debe cumplirse de manera inmediata. La resolución judicial advierte que la demora en los pagos coloca a las personas con discapacidad en una situación de “desamparo e incertidumbre”, afectando tanto a los usuarios como a las instituciones que prestan los servicios.

Con este fallo, la Justicia busca garantizar la continuidad de las prestaciones y normalizar un sistema que, según se desprende de la causa, atraviesa serias dificultades de financiamiento y cumplimiento.

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