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Abuso sexual infantil: el padre Grassi reclamó por su libertad condicional

La Justicia deberá decidir por la libertad condicional del padre Grassi que está condenado en prisión por dos episodios de abuso sexual infantil. 

POR REDACCIÓN

22 de agosto de 2024

Este jueves, la Justicia determinará si concede la libertad condicional al padre Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por dos episodios de abuso sexual infantil. El sacerdote, quien actualmente cumple su condena en la Unidad 41 de Campana, solicitó el beneficio tras haber cumplido dos tercios de su pena.

El pedido fue elaborado por el mismo durante la audiencia que estaba planificada para este jueves en el Tribunal en lo Criminal N.º 1 de Morón. Allí, se analizará si el pedido del sacerdote cumple con los requisitos legales para obtener su libertad.

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El padre Grassi se representará a sí mismo

Grassi, que en abril de 2023 se recibió de abogado mientras estaba en prisión, decidió representarse a sí mismo, desplazando a su equipo de abogados que había solicitado por primera vez la libertad condicional en septiembre del año pasado.

El caso por el cual fue condenado se conoce como “Gabriel” y ocurrió en la Fundación Felices los Niños, fundada por el propio cura en la localidad bonaerense de Hurlingham. A lo largo de los años, la defensa del cura presentó diversas impugnaciones que fueron rechazadas, dejando firme la condena en 2017.

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La condena de Grassi

El cálculo de la pena de Grassi fue un tema de controversia. Inicialmente, se había fijado su liberación para agosto de 2026, aplicando la figura del “dos por uno”. Sin embargo, en junio del año pasado, la Cámara de Apelaciones de Morón revocó este beneficio y estableció que su condena culminará el 30 de mayo de 2028, tomando como referencia su detención en 2013. Este cambio en la fecha final de la condena impactó directamente en su actual solicitud de libertad condicional.

Según el artículo 13 del Código Penal, los condenados a más de tres años de prisión pueden acceder a la libertad condicional tras cumplir dos tercios de la pena, siempre que cuenten con informes favorables que pronostiquen su reinserción social. No obstante, esta normativa excluye explícitamente a los delitos contra la integridad sexual.

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