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Caso Jairo Malla: confirman la prohibición para manejar de la imputada
Pese al pedido hecho por la defensa de Vanesa Carrascosa Font para volver a manejar, el juez Renato Roca confirmó la prohibición que se le impuso en el caso que investiga a la imputada por la muerte de Jairo Malla.
POR REDACCIÓN
La Justicia de San Juan le dio un duro revés a Vanesa Carrascosa Font, la conductora de la camioneta VW Amarok acusada de embestir y matar a Jairo Malla en Rawson, durante el mes de febrero. A través de su defensa, la imputada solicitó que le devolvieran la licencia de conducir que fue retenida en el mes de junio por la jueza de Primera Instancia, Flavia Allende. Sin embargo, el juez de Impugnación, Renato Roca, no dio lugar a lo solicitado y confirmó la inhabilitación para manejar por 90 días.
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Según las consideraciones vertidas por la defensa, la medida cautelar que le prohíbe manejar a Carrascosa Font es “un adelanto de pena sin fundamentos legales adecuados que vulneran sus derechos”. Además, pidieron impugnar una pericia accidentológica clave que cambió la carátula del caso en el mes de junio.
En aquella oportunidad se produjo un vuelco muy importante para la causa. Por este motivo, la dirigente bloquista quedó inhabilitada para conducir, tras un pedido de la querella, representada por los abogados Néstor “Roly” Olivera y Marcelo Sandez. Asimismo, se le imputó el delito de Homicidio Culposo doblemente agravado, como resultado de la pericia, ya que logró determinar que la mujer se trasladaba con exceso de velocidad, y viajaba como mínimo a 98 kilómetros por hora.
Ante el pedido de la defensa, Marcela Torres del Ministerio Público Fiscal, y la querella mostraron su oposición a lo argumentado por la defensa de Carrascosa Font. Incluso desde Fiscalía citaron una jurisprudencia emanada en la causa que investiga el accionar del empresario Bernardo Turcumán donde le retuvieron la licencia de conducir por la tragedia que ocasionó la muerte de Nasser Picón en Ruta 20.
En aquella oportunidad, el abogado querellante de la familia Picón, Jorge Guillen dejó sentado que no era una medida preventiva la inhabilitación para manejar, ni una medida de coerción, sino que no tenía una marcada finalidad preventiva. Por esta razón, tras escuchar a todas las partes, el magistrado Renato Roca decidió no dar lugar a lo argumentado por la defensa de Carrascosa Font y decidió confirmar el fallo que había sido dictado por su par, la jueza Flavia Allende.