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Judiciales > Caso Eduardo Trigo

El rugbier condenado por violación en San Juan presentó un particular recurso

El nuevo abogado defensor de Eduardo Trigo, Martín Zuleta, presentó una acción autónoma de nulidad, un recurso que buscó anular la Cámara Gesell realizada a la menor, la prueba principal con la que fue condenado el rugbier a siete años de cárcel por violación.

19 de febrero de 2025
Se está por cumplir cuatro años desde que Eduardo Trigo se encuentra preso en el Servicio Penitenciario Provincial. Foto gentileza. 

El 21 de diciembre de 2021, la jueza Celia Maldonado sentenció a la pena de siete años de cárcel al rugbier y aspirante a policía, Eduardo Trigo, por haber sido encontrado culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de una adolescente de 17 años. A pesar de que una jueza de impugnación (segunda instancia) y la misma Corte de Justicia ratificaron el fallo, el condenado insiste con su inocencia. En este contexto, su nuevo abogado defensor, Martín Zuleta, presentó un particular recurso, una acción autónoma de nulidad, que buscó anular la Cámara Gesell realizada a la menor, la prueba principal por la que fue castigado.

Zuleta, en la presentación de su recurso, a la que pudo acceder DIARIO HUARPE, señaló que la acción autónoma de nulidad se presentó por “la inexistencia de acto procesal”. Y añadió que “el testimonio de la víctima se llevó adelante en franca violación de las normas de rito que regulan las formas en cómo deben producirse e incorporarse las pruebas al proceso penal”.

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Y puso la queja en que no participaron en la entrevista videograbada ni el juez interviniente, ni el imputado a los fines de ejercer su derecho de defensa material.

Para la defensa de Trigo es clave anular la Cámara Gesell, ya que el resto los elementos probatorios (testimoniales y documentales) fueron prueba indirecta sustentada en los dichos de la víctima.

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Dos meses después de la primera condena, el 28 de diciembre de 2021, la jueza de impugnación Ana Lía Larrea confirmó la condena. Luego el 19 de mayo de 2022, la Corte de Justicia de San Juan ratificó también el fallo tras la presentación del recurso de casación. A pesar de esto, para Zuleta, las resoluciones carecen de validez “por haber sido dictadas todas ellas tomando como prueba principal de cargo un acto procesal inexistente y en franca violación de normas procesales que reglamentan derechos y garantías constitucionales que han sido cercenados en el proceso judicial”.

La acción autónoma de nulidad tuvo su audiencia para ser oralizada el 23 de diciembre de 2024 ante la jueza Verónica Chicón. Además de la verbalización del documento, el abogado Martín Zuleta solicitó la inmediata libertad de Trigo. Tres días después, la jueza tomó su decisión de rechazar la presentación por desfasada y porque la causa ya fue juzgada en todas las instancias del sistema acusatorio.  El 14 de febrero de 2025, Zuleta apeló la decisión de Chicón.

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