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El trapito que baleó a un hincha de Desamparados fue condenado a un año
Tras un juicio abreviado, el trapito que baleó a un hincha de Desamparados a la salida de un partido fue condenado.
POR REDACCIÓN
Lo que debía ser una jornada de fútbol en las inmediaciones del club Sportivo Desamparados derivó en un episodio de violencia que dejó a un hombre herido de bala y concluyó con una resolución judicial en tiempo récord. El hecho ocurrió en la zona de acceso al estadio, donde una disputa territorial entre cuidacoches terminó con un disparo que impactó en una persona ajena al conflicto.
Según la reconstrucción presentada por el Ministerio Público Fiscal, la víctima, de apellido Cabello, llegó al lugar junto a un amigo y descendió de un colectivo en la intersección de calles Roger Ballet y Echegaray. El acompañante del damnificado inició una discusión con un tercero que se desempeñaba como cuidacoches en la zona, lo que generó un rápido aumento de la tensión en el lugar.
De acuerdo con la investigación, el conflicto tuvo origen en el control de los espacios de estacionamiento en la zona, una práctica habitual en días de partido. En ese contexto, el acusado, identificado como Diego Maximiliano Castro, extrajo un arma de fuego y efectuó un disparo tras el cruce verbal.
El proyectil impactó en el empeine derecho de Cabello, quien no participaba de la disputa inicial y quedó involucrado de manera circunstancial en el episodio. Tras el ataque, el herido recibió asistencia médica y se constató que las lesiones eran de carácter leve, aunque el hecho generó preocupación entre quienes se encontraban en el lugar.
A menos de 48 horas del hecho, el acusado accedió a un juicio abreviado mediante un acuerdo con su defensa. El juez Gerardo Javier Fernández Caussi homologó el acuerdo y dictó una condena de un año de prisión de ejecución condicional por portación de arma de fuego de uso civil y lesiones leves agravadas por el uso de arma.
Al tratarse de una pena condicional, Castro recuperó la libertad bajo el cumplimiento de reglas de conducta. Uno de los aspectos que generó mayor atención es que la sentencia no incluye una restricción para asistir a la cancha, lo que implica que ambas partes podrían coincidir nuevamente en el mismo ámbito.