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Judiciales > La Plata

Indemnización récord de $351 millones a un trabajador por un infarto en su puesto

El fallo, inédito en su tipo, puso el foco en la desatención médica en el lugar y negligencia de la empresa. No en las causas que originaron evento cardíaco. 

POR REDACCIÓN

Hace 19 horas
El eje de la condena no fue el infarto en sí mismo, sino la negligencia en la respuesta de la empresa ante la emergencia.

 

El Tribunal de Trabajo N°3 de La Plata dictaminó que Federación Patronal Seguros deberá indemnizar con 351 millones de pesos a César Gustavo Fernández (54), empleado de la empresa Albano Cozzuol S.A. desde 2009.

El 24 de noviembre de 2021, pasadas las 6 de la mañana, el operario sufrió un infarto mientras realizaba sus tareas en la fábrica de componentes plásticos para la industria automotriz, y quedó con cuadriparesia, problemas neurológicos severos y postrado en una silla de ruedas de por vida. 

El fallo judicial calificó el hecho como “accidente de trabajo por ocasión”, un criterio que marca un precedente porque los infartos no suelen ser reconocidos dentro del nomenclador laboral. “La Justicia siempre fue reticente ante este tipo de patologías y se han rechazado numerosas demandas. Aquí se puso el foco en el concepto ‘por ocasión’ y en la desatención y el abandono que sufrió César”, explicó su abogado, Matías Martínez, en diálogo con Clarín.

El eje de la condena no fue el infarto en sí mismo, sino la negligencia en la respuesta de la empresa ante la emergencia. Según la investigación judicial, en lugar de llamar a una ambulancia equipada, los responsables de la fábrica llamaron un remís que demoró media hora en llegar y otros quince minutos en trasladar a Fernández al Sanatorio Argentina de La Plata. Durante todo ese trayecto, el trabajador estuvo acompañado por un compañero sin conocimientos en reanimación cardiopulmonar (RCP). 

La situación se agravó porque a solo cuatro minutos de la planta se encontraba el Hospital San Roque, y porque la empresa no contaba con un desfibrilador en sus instalaciones. “Cuando llegó al sanatorio, César presentaba una hipoxia (falta de oxígeno), que derivó en una muerte súbita y fue revivido a través de electroshocks”, detalló el letrado. Esa falta de oxígeno en el cerebro, producto de la demora en la atención médica adecuada, fue la que provocó las secuelas neurológicas irreversibles que hoy padece el trabajador, quien además venía acumulando estrés por los horarios rotativos que le exigía la compañía.

El reclamo judicial, que ahora deberá ser ratificado por la Suprema Corte bonaerense, no solo establece una indemnización récord, sino que también garantiza la asistencia médica de por vida para Fernández. Este punto es el que más valora su actual pareja, Alejandra Mir (54), quien se convirtió en su cuidadora principal y en la madre de hecho de sus dos hijos adolescentes, Lucas (21) y Camila (19), a quienes la madre biológica abandonó en 2008. 

La vida cotidiana de la familia gira en torno a los cuidados intensivos que requiere César. Durante la semana, una clínica, un kinesiólogo, un enfermero, un terapista ocupacional, una fonoaudióloga y un cuidador permanente asisten al paciente, que duerme con una mascarilla para combatir las 70 apneas por hora que sufre y que solo se alimenta a través de un botón gástrico. 

Desde la defensa de la ART, el estudio Lestani adelantó que apelará el fallo por considerarlo “desmedido e infundado”. El abogado Enzo D’Ambrosio Capace argumentó que no se trató de un “accidente de trabajo” y cuestionó la cuantificación de la indemnización.

Además, sostuvo que la empresa no minimizó la situación y que, según las cámaras de seguridad, Fernández se manejaba con «total tranquilidad» y sin signos de estar sufriendo un infarto. “La elección de ir en remís fue porque, en el momento, no parecía que se tratara de una emergencia. Había desfibrilador en el lugar, pero nadie pensó en un infarto. Fue realmente una tragedia, pero no estamos ante un accidente en ocasión laboral”, afirmó el letrado. 

Sin embargo, para Alejandra, la sentencia representa un reconocimiento a la verdad de los hechos: “A la empresa no le importaba nada, le daba lo mismo que la enfermería estuviera cerrada, que el encargado le dijera ‘tomá agua, no es para tanto’ cuando él se agarraba el pecho… y que termine llamando a un remís y no a una ambulancia”.
 

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