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La Corte Suprema de Justicia rechazó el per saltum presentado por el Gobierno de Milei
El máximo tribunal rechazó el recurso planteado por el Poder Ejecutivo después de que Casa Rosada se asegurara que la norma entrara en vigencia. La CGT recusó a los jueces que fallaron a favor de la vigencia de la norma.
POR REDACCIÓN
La Corte Suprema rechazó el per saltum que había presentado el Gobierno de Javier Milei por la reforma laboral, que viene siendo objetada en los tribunales por la Confederación General del Trabajo (CGT). Con este movimiento, los cortesanos ganan tiempo y permiten que la discusión sobre un tema sensible, que mantiene en vilo a trabajadores y organizaciones sindicales, siga en instancias inferiores.
Al filo de la medianoche del 15 de abril, el Gobierno presentó un per saltum, un recurso que permite saltear instancias y llevar un debate directamente al máximo tribunal. Lo que buscaba la Casa Rosada era un atajo para discutir la medida cautelar que frenaba la aplicación de más de 80 artículos de la llamada Modernización Laboral.
El 30 de marzo, la CGT había obtenido una primera victoria en esta batalla. Fue cuando el juez Raúl Ojeda frenó la reforma en el fuero laboral. A partir del fallo de Ojeda, el Gobierno desplegó una estrategia en distintos frentes para que la reforma volviera a estar vigente.
Por un lado, apeló la resolución ante la Cámara Nacional del Trabajo (CNT). Además, intentó llegar a la Corte mediante un per saltum. Al mismo tiempo, buscó sacar la discusión del fuero laboral —considerado históricamente más proclive a los trabajadores— y llevarla al contencioso-administrativo, donde se dirimen las cuestiones vinculadas con la administración estatal.
En ese camino, el Gobierno fue consiguiendo varios logros. El 10 de abril, la jueza Macarena Marra Giménez dijo que el caso debía tramitar en los tribunales en lo contencioso-administrativo, por lo que le pidió el expediente a Ojeda, su colega del fuero laboral.
Para la Casa Rosada, el fallo de Marra Giménez fue importante, aunque previsible. Lo más significativo sucedió en la CNT. El 23 de abril, la Sala VIII —integrada por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino— dejó sin efecto la cautelar de Ojeda, por lo que la reforma volvió a estar vigente.
Pesino y González no analizaron si la decisión del juez estaba bien o mal. Únicamente suspendieron la cautelar mientras se tramitaba la apelación del Gobierno.
La retribución de la Casa Rosada no se hizo esperar. A las pocas horas, el Ministerio de Justicia informó en el Boletín Oficial que había iniciado los trámites para que Pesino continúe en el cargo después de cumplir 75 años.
La CGT recurrió esa decisión. También recusó a la Sala VIII en pleno. Alegó que no debió intervenir en la discusión porque otra sala de la CNT ya estaba analizando un planteo sobre la reforma laboral. Respecto de Pesino, denunció que hubo un “toma y daca” con el Gobierno.
Pesino se defendió de las acusaciones y pidió que se rechace su recusación. En su descargo, el camarista dijo que él ya sabía que el Gobierno publicaría el trámite para asegurar su permanencia. Su defensa generó más suspicacias y se cuestiona si en realidad, se apuró para que el fallo saliera antes que el Boletín Oficial.
La recusación de González y Pesino aún no fue resuelta. Es un trámite importante de cara a la pulseada con la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo, que le reclamó a Ojeda que envíe el expediente. La CNT podría declararse competente y esa disputa debería dirimirse en la Corte Suprema.
Este jueves hubo acuerdo en el cuarto piso del Palacio de Justicia. Después de casi dos semanas en las que el expediente deambuló de vocalía en vocalía, a los supremos les bastaron unas pocas palabras para sellar su intervención en un caso que mantiene en vilo al mundo del trabajo.
“Que a juicio de esta Corte no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia”, escribieron Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
El artículo 257 bis establece que sólo serán susceptibles de recurso extraordinario por salto de instancia las sentencias definitivas en primera instancia o las resoluciones equiparables.
Desde la CGT dijeron que interpretaban esta decisión como un freno al argumento del Gobierno de que existía gravedad institucional por la cautelar que había conseguido la central obrera ante el juez Raúl Ojeda.
En este momento, el expediente principal está en el juzgado de Marra Giménez en el fuero contencioso-administrativo, tal como quería el Gobierno. Aun así, el rechazo de la Corte no implica necesariamente una derrota para la Casa Rosada, que prefiere que las cosas se mantengan tal como están.
La semana pasada, Rosatti estuvo en ExpoEFI, un foro dedicado a la economía, las finanzas y las inversiones. Desde ese estrado, despotricó contra la “judicialización de la política y contra las decisiones judiciales que impiden la puesta en marcha de programas económicos o macroeconómicos”. Usó la palabra mágica que suele captar la atención del Presidente.
El discurso de Rosatti fue leído como un gesto al Gobierno, sobre todo cuando la reforma laboral —que aprobó a las apuradas en las sesiones extraordinarias— estaba bajo estudio del máximo tribunal.
El titular de la Corte mantiene una buena sintonía con el sector del oficialismo que se encolumna detrás de Karina Milei y los primos Eduardo y Martín Menem. De hecho, el Poder Ejecutivo envió el pliego de su hijo Emilio para juez de un tribunal oral de Santa Fe.