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Política > Información pública

Limitan en San Juan el contacto entre fiscales y periodistas

El fiscal general, Guillermo Baigorrí, dispuso canalizar la difusión de las causas penales en la Oficina de Comunicaciones. Efectos sobre la libertad de prensa y la transparencia ciudadana.

Por Raúl Pedone
Hace 3 horas

La resolución ya rige en el Ministerio Público Fiscal.

La Fiscalía General del Ministerio Público de San Juan oficializó el nuevo "Protocolo de Actuación para el Manejo de Información Pública" mediante la Resolución General N.º 26/2026, firmada por Guillermo Baigorrí el pasado 12 de junio. La medida fija un canal "único y obligatorio" para la difusión de causas penales, abriendo un debate técnico sobre el equilibrio entre la eficacia judicial, la libertad de prensa y el derecho constitucional de la ciudadanía al acceso a la información del Estado.

Según el documento, la Oficina de Comunicaciones se convertirá en el canal institucional prioritario para emitir comunicados y coordinar entrevistas. Las nuevas directivas prohíben expresamente a fiscales y asesores mantener intercambios personales permanentes con periodistas respecto de causas en trámite, así como brindar datos de manera informal o no autorizada. El texto fundamenta esta restricción en la "necesidad de evitar filtraciones que comprometan el éxito de las investigaciones o que vulneren derechos personalísimos de las partes involucradas".

En el plano técnico de la protección de derechos, el protocolo define de manera taxativa la prohibición de difundir información clasificada como "sensible". Esta categoría incluye la identidad de víctimas de delitos contra la integridad sexual, datos de menores de edad, de testigos protegidos y personas en situación de vulnerabilidad. Tampoco se podrán compartir expedientes judiciales completos, informes médicos o evidencias bajo secreto de sumario. La resolución argumenta que la comunicación institucional debe guiarse por la prudencia, la objetividad y la legalidad, evitando fines de "primicia periodística", enfoques sensacionalistas o dinámicas que deriven en la revictimización de las personas.

El impacto en la libertad de prensa

La centralización de las fuentes genera una tensión directa con la libertad de prensa, un pilar democrático protegido por la Constitución Nacional y pactos internacionales. Especialistas en derecho de la comunicación señalan que la restricción estricta de contactos entre funcionarios y periodistas puede condicionar el periodismo de investigación. Al limitar el flujo informativo únicamente a gacetillas oficiales visadas por el Fiscal General o los fiscales de la causa, se corre el riesgo de burocratizar la información, afectando la inmediatez y la pluralidad de enfoques necesarios para la cobertura de casos judiciales complejos.

Acceso a la información ciudadana

Asimismo, el derecho al acceso a la información pública de la ciudadanía se sitúa en el centro del análisis regional. Si bien el Ministerio Público asegura que la medida garantiza una "comunicación técnica y veraz", la reducción de los canales de consulta puede traducirse en un menor conocimiento social sobre el avance de causas de corrupción o de alto impacto civil. El acceso a la información no es solo un derecho de los profesionales de los medios, sino una garantía colectiva indispensable para el control ciudadano sobre las instituciones públicas.

El cumplimiento del protocolo será fiscalizado mediante un registro digital cerrado de comunicados y autorizaciones gestionado por la Oficina de Comunicaciones. El texto advierte que los agentes o funcionarios que violen las directivas enfrentarán responsabilidades administrativas, disciplinarias o penales. La justicia de San Juan inicia así una reconfiguración drástica de su política comunicacional, cuyo desafío principal será demostrar que el resguardo del debido proceso no se ejecutará a expensas de la transparencia democrática y el control de la prensa.

La centralización de la información judicial, similar a la propuesta, ya se aplicó en provincias como Buenos Aires, Mendoza y Córdoba, lo que generó cuestionamientos periodísticos por la limitación en el acceso a la información y el retraso en las actuaciones fiscales. A nivel nacional, la Ley N.º 27.275 establece sanciones administrativas, disciplinarias y penales para los funcionarios que obstruyan el acceso a la información pública, incluyendo inhabilitación o prisión.

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