Política
Qué medicamentos se pueden comprar en kioscos y supermercados
El Gobierno habilitó la venta de analgésicos y antiácidos en kioscos y supermercados, junto con cambios en la exhibición de estos productos en farmacias.
POR REDACCIÓN
Mediante un decreto 1024/2024, el Gobierno nacional estableció una serie de cambios en las condiciones de expendio de medicamentos de venta libre en Argentina. Según el texto oficial publicado en el Boletín Oficial, los productos que se podrán comercializar serán los analgésicos y antiácidos que podrán adquirirse no solo en farmacias, sino también en kioscos, supermercados y almacenes, ampliando los puntos de venta disponibles.
El decreto, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Salud Mario Lugones, busca “facilitar el acceso de la población a productos de primera necesidad sin necesidad de intermediarios”. Con esta medida, los medicamentos que no requieren receta podrán exhibirse directamente en las góndolas de farmacias, algo que estaba restringido por normativas anteriores.
La comercialización en kioscos y supermercados estará limitada a dos categorías de medicamentos: analgésicos y antiácidos, que son considerados seguros para su venta sin supervisión profesional. Sin embargo, los establecimientos deberán cumplir con requisitos sanitarios básicos y garantizar que la venta se realice únicamente a mayores de edad.
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Desde el Ministerio de Salud, se destacó que esta flexibilización apunta a mejorar la accesibilidad, especialmente en zonas rurales o alejadas de centros urbanos, donde las farmacias pueden estar a varios kilómetros de distancia. En declaraciones públicas, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, subrayó que la medida tiene tres objetivos principales: aumentar la comodidad para los consumidores, facilitar el acceso en regiones con limitada oferta farmacéutica y fomentar la competencia en los precios.
De esta manera, Sturzenegger ejemplificó que en productos como antiácidos, las diferencias de precio entre marcas llegan a ser de hasta ocho veces. Según el funcionario, permitir su venta en una mayor variedad de comercios podría impulsar una reducción en los costos debido a la mayor competencia en el mercado.
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Cambios en el despacho de medicamentos de venta libre
El decreto 1024/2024 establece que el expendio de medicamentos de venta libre, cuando fuera en góndolas, deberá sujetarse a las siguientes condiciones:
- Las góndolas deben ser correctamente señalizadas y los medicamentos deben estar en caja cerrada, con su respectivo prospecto.
- El expendio será exclusivamente a mayores de 18 años. La edad del adquiriente será constatada con el Documento Nacional de Identidad al momento de efectuar el pago.
- En los establecimientos que no estén habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos.
- La Autoridad de Aplicación estará facultada a ampliar el listado de medicamentos de venta libre habilitados en los referidos establecimientos y podrá establecer otros requisitos para asegurar que las especialidades medicinales indicadas “conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas”.
Qué comercios podrán vender analgésicos y antiácidos
Los establecimientos no habilitados como farmacias que deseen comercializar antiácidos y analgésicos de venta libre deberán cumplir con los siguientes requisitos antes de recibir la autorización sanitaria:
- Documentación legal: el establecimiento deberá acreditar el derecho sobre el inmueble según la legislación vigente. Contar con una póliza de seguro que cubra riesgos asociados a la venta de productos farmacéuticos, con una suma asegurada mínima equivalente a 750 salarios mínimos, vitales y móviles.
- Condiciones de almacenamiento. Se debe almacenar los medicamentos en un espacio independiente de otros productos, bajo llave, con las condiciones de higiene, seguridad, amplitud, luz y ventilación determinadas por la Autoridad de Aplicación. Mantener los medicamentos fuera del acceso directo del público y del alcance de los niños; deben ser entregados exclusivamente por personal del establecimiento.
- No se permite el fraccionamiento: Está prohibido vender a menores de 18 años y fraccionar el envase primario o secundario de los productos.