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Economía > Certificado único

Senasa actualiza normas para transporte de animales y fortalece control logístico digital

La Resolución 806/2025 establece nuevos requisitos para lavado y desinfección de vehículos, con certificación digital obligatoria y un listado nacional de playas habilitadas.

POR REDACCIÓN

Hace 4 horas
La nueva resolución también simplifica la inscripción y renovación de las playas de lavado. Foto: Gentileza

El 23 de octubre de 2025, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) oficializó la Resolución 806/2025, que introduce un nuevo marco regulatorio para el lavado y desinfección de vehículos en el transporte terrestre de animales vivos.

Esta normativa no solo eleva los estándares sanitarios en el sector, sino que también incorpora un sistema logístico más controlado y digitalizado. Se crea un Listado Nacional de Playas de Lavado y Desinfección, junto con la obligatoriedad de un Certificado Único de Lavado y Desinfección (CULyD) que debe acompañar cada traslado.

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El Senasa centralizará la información de todos los establecimientos habilitados bajo la Dirección Nacional de Sanidad Animal, facilitando el acceso público y actualizado a través de su sitio web. Esto permitirá a los transportistas planificar mejor sus rutas y gestionar de forma más eficiente el movimiento del ganado.

Desde ahora, es obligatorio que cualquier vehículo que transporte animales vivos realice el lavado y la desinfección en uno de los puntos registrados antes de una nueva carga. Cada proceso quedará registrado en el sistema SIGLAVA (Sistema Integrado de Gestión de Lavaderos), lo que aportará mayor trazabilidad sanitaria y operativa.

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Un aspecto clave es la digitalización: el Certificado Único de Lavado y Desinfección (CULyD), que entrará en plena vigencia en abril de 2026, se emitirá en formato digital mediante autogestión en SIGLAVA, reemplazando el uso de documentos en papel. Este certificado tendrá una validez de 72 horas y deberá acompañar al transporte durante todo su recorrido.

Además, el certificado se vinculará al Documento de Tránsito electrónico (DT-e), integrando datos del vehículo, establecimiento y destino, lo que optimiza el control y la transparencia en la cadena logística.

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La nueva resolución también simplifica la inscripción y renovación de las playas de lavado, habilitando la autogestión online y la renovación automática de registros. Se establecen sanciones para quienes incumplan las normas de higiene y control, ya sean establecimientos o transportistas.

El marco normativo favorece la reorganización de la infraestructura logística rural y periurbana. Las playas de lavado podrán instalarse en frigoríficos, establecimientos ganaderos o empresas de transporte que cuenten con lavaderos registrados, siempre que cumplan los requisitos sanitarios y ambientales.

Esta ampliación de la red de puntos de servicio busca reducir recorridos vacíos y mejorar la eficiencia, especialmente en zonas con alta actividad ganadera. También se autoriza que las playas realicen actividades complementarias no ganaderas, incentivando la diversificación de servicios logísticos en corredores productivos.

En situaciones de emergencia sanitaria o brotes epidémicos, el Senasa podrá dictar normas adicionales para reforzar los protocolos de lavado y desinfección, extendiendo las medidas a vehículos que transporten productos de origen animal para evitar la propagación de enfermedades.

Con esta actualización, el Senasa busca modernizar la gestión logística de la producción ganadera, integrando trazabilidad, control digital y eficiencia operativa, fortaleciendo así un eslabón clave en la cadena agroalimentaria argentina.

La norma entró en vigencia inmediata, pero establece un período de adecuación hasta febrero de 2026 para que todos los actores de la cadena – transportistas, frigoríficos, productores y lavaderos – adapten sus operaciones al nuevo marco regulatorio.

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