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Policiales > Daño punitivo

Concesionaria deberá indemnizar a un cliente por vender un auto con kilometraje adulterado

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una condena contra dos concesionarias por vender un Chevrolet Onix 2017 con odómetro manipulado y desperfectos mecánicos.

POR REDACCIÓN

Hace 7 horas
La sentencia responsabilizó a las concesionarias por no informar condiciones reales del vehículo usado. Foto: Gentileza

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ratificó una sentencia que obliga a dos concesionarias a indemnizar a un cliente que compró un Chevrolet Onix modelo 2017 con el kilometraje alterado y una serie de problemas mecánicos. El fallo también incluyó una sanción económica por daño punitivo, según informó la documentación judicial.

El comprador retiró el vehículo el 9 de octubre de 2020 en una concesionaria del conurbano bonaerense tras entregar un auto usado, abonar una parte en efectivo y financiar el resto mediante un préstamo prendario. En la venta se aseguró un bajo kilometraje, óptimas condiciones y que el auto estaba radicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, afirmaciones que resultaron falsas tras la investigación pericial.

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Solo cinco días después de la compra, el 14 de octubre de 2020, comenzaron a surgir fallas: el sistema de arranque presentó problemas que requirieron cambiar la llave, el tambor y el líquido de freno. En noviembre se detectó un taponamiento en el catalizador, que obligó a reemplazar parte del caño de escape, y a finales de ese mes se reportaron inconvenientes en el embrague y deterioro en el aceite y filtro del motor.

Los desperfectos continuaron en los meses siguientes. Desde febrero de 2021, el vehículo mostró un aumento en el consumo de aceite y nuevas fallas en el motor. Las reparaciones incluyeron cambio de bujías, correas, bombas, cilindro de embrague, placa de disco, caja de cambios y rectificación del volante. A pesar de que el usuario notificó a la concesionaria, no recibió soluciones eficaces.

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Uno de los puntos clave del caso fue la adulteración del odómetro. Mientras la publicación de venta indicaba un kilometraje de 38.000 kilómetros, el valor real al momento de la compra era aproximadamente 45.000, una reducción del 15%. El dictamen técnico concluyó que el conjunto de fallas no correspondía con un auto que no hubiera tenido manipulación en el kilometraje.

En su defensa, la empresa que vendió originalmente el vehículo al mayorista afirmó que consignó correctamente 45.000 kilómetros en la documentación oficial y negó responsabilidad en la adulteración posterior. Sin embargo, el fallo atribuyó responsabilidad objetiva y solidaria a las empresas que participaron en la venta final al consumidor.

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La Cámara fundamentó que todas las firmas involucradas en la cadena de comercialización tienen la obligación de brindar información veraz y completa sobre el estado y antecedentes de los vehículos usados, tal como establece la Ley de Defensa del Consumidor. La ausencia de transferencia registral entre mayoristas no exime de la responsabilidad frente al comprador por vicios ocultos o irregularidades.

Respecto al daño punitivo, los magistrados destacaron que esta sanción se aplica ante incumplimientos graves y que la adulteración del odómetro fue considerada un acto intencional y grave, destinado a encubrir el desgaste real del vehículo y a obtener un beneficio económico ilícito, justificando así una multa extraordinaria.

El daño punitivo busca castigar y desalentar conductas que menosprecian gravemente los derechos del consumidor. La sentencia determinó que solo las concesionarias que participaron en la manipulación del kilometraje y en la venta directa al consumidor deben responder, excluyendo a la vendedora mayorista que consignó los datos correctos.

Finalmente, la Cámara confirmó una condena económica que incluye 229.100 pesos por reparaciones y repuestos, además de compensaciones por desvalorización del vehículo, privación de uso, daño moral y reintegro de gastos. A esto se sumó un daño punitivo de 500.000 pesos, y las costas del proceso quedaron a cargo de las empresas condenadas.

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