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Política > Resolución

La Justicia de Santa Cruz habilitó a Cristina Kirchner para votar

El Juzgado Federal de Río Gallegos declaró inconstitucional excluirla del padrón por su condena. Solo podrá emitir sufragio en esa provincia el próximo 26 de octubre.

POR REDACCIÓN

Hace 20 horas
Cristina Kirchner cuenta con arresto domiciliario en la ciudad de Buenos Aires.

La Justicia Electoral de Santa Cruz resolvió habilitar a Cristina Fernández de Kirchner para ejercer su derecho a voto en las próximas elecciones legislativas del 26 de octubre. La decisión fue tomada por el Juzgado Federal de Río Gallegos, que declaró inconstitucional su exclusión del padrón.

La jueza Mariel Borruto resolvió mantener “la situación registral” de la expresidenta “como electora activa en este distrito al solo efecto de ejercer su sufragio”. Así, Fernández de Kirchner podrá emitir su voto únicamente en la provincia de Santa Cruz.

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La medida revierte lo dispuesto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Capital Federal, que había dispuesto la inhabilitación para votar hasta el vencimiento de su condena el 16 de junio de 2031, en el marco de la Causa Vialidad.

En su fallo, Borruto declaró inconstitucionales los artículos 12 y 19 del Código Penal, que prohíben votar a personas condenadas a más de tres años de prisión. Citó el “caso Zelaya” (2022) y argumentó que la normativa “viola derechos fundamentales, como el derecho al voto, la igualdad, la dignidad humana y el principio de resocialización”.

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La jueza también mencionó estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y sostuvo que la restricción del voto “no supera los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad exigidos por el sistema interamericano”.

A pesar de esta habilitación parcial, la exmandataria continúa inhabilitada para ser candidata, ya que la justicia ratificó la pérdida de sus derechos políticos en su faz pasiva, como establece la condena.

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Por otra parte, una fiscal federal desestimó una denuncia contra los jueces de la Corte Suprema presentada tras el fallo que ratificó la condena a Cristina Fernández de Kirchner. Los denunciantes alegaban una “celeridad inusual” en la resolución, ocurrida pocos días después del lanzamiento electoral de la exmandataria.

La causa fue caratulada como “Rosenkrantz, Carlos Fernando y otros s/ Prevaricato e Infracción Art. 256 Bis”, y quedó registrada en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4, Secretaría N° 8.

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